Be Travel Maroc

🧾 CONDICIONES DE CONTRATACIÓN


1. Identificación del intermediario

  • Empresa: BE TRAVEL MAROC, S.L.
  • CIF: B09997297
  • CIAN Turismo Andaluz: 047690‑2
  • Domicilio: Carretera Málaga, 35, 04002 – Almería
  • Teléfono: 633 26 83 65
  • Web: www.betravelmaroc.com

2. Objeto

Be Travel Maroc, S.L. actúa exclusivamente como intermediario en la venta de billetes de ferry entre el cliente y la compañía naviera, no siendo transportista.


3. Proceso de contratación

El contrato se considera formalizado cuando:

  1. El cliente facilita correctamente los datos de los pasajeros
  2. Acepta las presentes condiciones
  3. Se confirma el pago
  4. Se emite el billete por parte de la naviera

4. Documentación y obligaciones del pasajero

  • El pasajero es responsable de:
    • Facilitar datos correctos
    • Portar documentación válida (DNI, pasaporte, visados)
  • Cualquier error en los datos puede suponer pérdida total del billete sin derecho a reembolso

5. Precios y pagos

  • Los precios se expresan en euros (€)
  • Incluyen impuestos aplicables salvo indicación contraria
  • El pago es previo y obligatorio para la emisión del billete

6. Cambios, cancelaciones y no‑show

  • Las condiciones de cambio o cancelación dependen exclusivamente de la naviera
  • Muchas tarifas no admiten cambios ni devoluciones
  • La no presentación (no‑show) implica la pérdida total del billete
  • Be Travel Maroc, S.L. aplicará las condiciones del proveedor sin excepciones

7. Horarios, retrasos e incidencias

  • Horarios y operativa dependen de la naviera
  • Be Travel Maroc, S.L. no se responsabilizade:
    • Retrasos
    • Cancelaciones
    • Cambios meteorológicos
    • Cierres portuarios
  • Cualquier compensación se regirá por la normativa marítima aplicable

8. Derecho de desistimiento

Según el artículo 103 del Real Decreto Legislativo 1/2007, no aplica el derecho de desistimiento a servicios de transporte con fecha concreta.


9. Responsabilidad

Be Travel Maroc, S.L. no será responsable de incidencias derivadas del transporte marítimo, responsabilidad que corresponde a la compañía naviera.


10. Legislación y jurisdicción

Las presentes condiciones se rigen por la legislación española. Las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Almería, salvo norma imperativa en contrario.



OPERACIÓN PASO DEL ESTRECHO (OPE)


Durante los periodos oficiales de la Operación Paso del Estrecho (OPE), que  se desarrolla entre los meses de mayo y septiembre, el tráfico marítimo entre España y Marruecos se encuentra sujeto a condiciones especiales establecidas por las autoridades portuarias, fuerzas de seguridad, navieras y organismos competentes.

El cliente es informado y acepta expresamente que, durante el periodo OPE:

  1. Las navieras pueden modificar horarios, fechas, rutas, puertos de salida o llegada, incluso en el mismo día del viaje, por razones operativas, de seguridad, meteorológicas o de control de tráfico.

  2. Las condiciones de cambio y cancelación suelen ser más restrictivas, pudiendo existir tarifas no reembolsables y no modificables, sin derecho a devolución total o parcial en caso de cancelación voluntaria por parte del pasajero.

  3. Es obligatorio presentarse en el puerto con una antelación mínima superior a la habitual, siendo responsabilidad exclusiva del pasajero cumplir los horarios indicados por la naviera y por las autoridades portuarias.

  4. La no presentación (no‑show) en el puerto dentro del plazo establecido implica la pérdida total del billete, sin derecho a reembolso.

  5. El pasajero es exclusivamente responsable de disponer de:

    • Documentación personal válida (pasaporte, DNI, visados si fueran necesarios).
    • Documentación del vehículo (permiso de circulación, seguro, carta verde, etc.).
    • Cumplimiento de requisitos sanitarios, aduaneros y fronterizos vigentes.
  6. Be Travel Maroc, S.L. actúa únicamente como intermediario en la venta del billete y no se responsabiliza de:

    • Retenciones portuarias
    • Controles fronterizos
    • Retrasos, cancelaciones o reprogramaciones
    • Incidencias derivadas del exceso de tráfico propio del periodo OPE
  7. Cualquier reclamación relacionada con el transporte marítimo, incidencias en el embarque o condiciones del viaje deberá dirigirse directamente a la compañía naviera, conforme a la normativa aplicable al transporte marítimo de pasajeros.

La contratación de un billete durante el periodo OPE implica la aceptación expresa y sin reservas de estas condiciones especiales.

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